BANDO LIMPIEZA PARCELAS

BANDO LIMPIEZA PARCELAS

Por medio de la presente se recuerda a los propietarios de parcelas que el artículo 43 de la Ordenanzan de Policía y Buen Gobierno establece que  «Todos los solares no edificados, existentes en el casco urbano, deberán hallarse debidamente limpios y vallados, hasta una altura mínima de un metro setenta centímetros, contados desde el nivel del suelo«.